- Certificado de homologacion de los muelles en España (RIG) = certificado de fabricante, en este caso el de Irmscher que pulula por ahi. Nada de certificados TÜV, aqui en España primero se legisla a medias, se obliga a homologar/hacer el pino puente y sacar cuartos hasta que puedan y cuando ya tengan los bolsillos llenos, ya veremos si aceptan las TÜV

- Certificado de taller. Donde han de figurar los muelles que se montan (marca y modelo) y que figure que el taller dispone de maquina de comprobacion de rebote o nosequeostias que verifique que los muelles funcionan correctamente (imagino que la tipica maquina de comprobar amortiguacion, COMO TIENEN ELLOS EN LA ITV


Ojo, aunque los muelles lleven media vida en el coche (como es mi caso), el certificado de taller me han dicho que mejor me lo hagan con fecha reciente, porque "le suena" que hay como un mes como plazo maximo para pasar itv desde ese certificado, sino no sera valido. Yo he buscado en el pdf de la ultima reforma de abril y no encuentro nada al respecto sobre que exista tal plazo para pasar itv desde la fecha del certificado (cosa absurda por otra parte) pero si asi lo quieren, asi les ira, no pienso rascar donde no pica.
Por otra parte, en el certificado para el volante (siendo un coche que no tenia airbags), me han dicho que ha de figurar que se ha montado un volante de X marca, de Y radios y de Z diametro y si estaba montado desde hace tiempo, ha de figurar tambien que el montaje ha sido anterior a Diciembre del 2010 (fecha de la reforma de la ley), aunque en la fecha del certificado (la que aparece abajo de todo) ha de figurar tambien la fecha actual, por lo mismo que ocurre en el de los muelles (se pasaria del mes y tal). Aqui no se necesita certificado de fabricante, simplemente certificado de montaje de taller.