Chalecos alta visibilidad.
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Chalecos alta visibilidad.
Cuantos chalekos es obligatorio llevar a partir del 23?
He ido a comprar un par convencido hoy, y me ha entrado la duda, obligatorio es, llevar uno o dos?
Por otra parte he visto esto en una pagina de Eroski.
Uso del chaleco reflectante
La ley no especifica si es sancionable el hecho de no llevar un chaleco en el vehículo. Tampoco si se debe llevar uno solo para el conductor o varios para los acompañantes. Desde el 23 de julio de 2004 la Policía puede imponer sanciones por no utilizarlo.
El artículo 118 del Real Decreto 1428/2003 establece la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante sin detallar algunos extremos que han generado dudas entre los conductores. Las dudas más frecuentes son:
- ¿Se puede llevar el chaleco en el maletero del vehículo?
El decreto establece la obligatoriedad de su uso para el conductor que salga del vehículo al arcén o calzada de una vía interurbana. Por tanto, hay que tener el chaleco a mano para colocárselo antes de salir. Se puede llevar en el maletero sólo si tenemos acceso al mismo desde el interior.
- ¿Me pueden sancionar por no llevar un chaleco en el automóvil?
No. La norma no recoge específicamente la obligatoriedad de llevar un chaleco en el vehículo, solamente obliga a usarlo en el momento que sea necesario. Por lo tanto, el simple hecho de no tener un chaleco reflectante no es sancionable.
- ¿Cuál es el importe de la sanción por no usarlo?
Está tipificado como sanción leve, con una multa de 90 euros.
- ¿Hay que llevar más de un chaleco en previsión de que deban usarlo otros ocupantes?
No es obligatorio, ya que el artículo 118 no menciona expresamente a los ocupantes, pero sí recomendable por si fuera preciso que bajaran otros pasajeros del vehículo en una vía interurbana aparte del conductor (por ejemplo, para cambiar una rueda pinchada).
- ¿Es obligatorio para los peatones que transitan a pie por arcenes?
El artículo 123 del Reglamento General de Circulación recoge la obligación para los peatones de llevar un "elemento luminoso o autorreflectante homologado". Puede ser un chaleco, pero también cualquier otra prenda o dispositivo. La obligación se refiere solamente a cuando transiten fuera de poblado "entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad".
Un cordial saludo.
He ido a comprar un par convencido hoy, y me ha entrado la duda, obligatorio es, llevar uno o dos?
Por otra parte he visto esto en una pagina de Eroski.
Uso del chaleco reflectante
La ley no especifica si es sancionable el hecho de no llevar un chaleco en el vehículo. Tampoco si se debe llevar uno solo para el conductor o varios para los acompañantes. Desde el 23 de julio de 2004 la Policía puede imponer sanciones por no utilizarlo.
El artículo 118 del Real Decreto 1428/2003 establece la obligatoriedad del uso del chaleco reflectante sin detallar algunos extremos que han generado dudas entre los conductores. Las dudas más frecuentes son:
- ¿Se puede llevar el chaleco en el maletero del vehículo?
El decreto establece la obligatoriedad de su uso para el conductor que salga del vehículo al arcén o calzada de una vía interurbana. Por tanto, hay que tener el chaleco a mano para colocárselo antes de salir. Se puede llevar en el maletero sólo si tenemos acceso al mismo desde el interior.
- ¿Me pueden sancionar por no llevar un chaleco en el automóvil?
No. La norma no recoge específicamente la obligatoriedad de llevar un chaleco en el vehículo, solamente obliga a usarlo en el momento que sea necesario. Por lo tanto, el simple hecho de no tener un chaleco reflectante no es sancionable.
- ¿Cuál es el importe de la sanción por no usarlo?
Está tipificado como sanción leve, con una multa de 90 euros.
- ¿Hay que llevar más de un chaleco en previsión de que deban usarlo otros ocupantes?
No es obligatorio, ya que el artículo 118 no menciona expresamente a los ocupantes, pero sí recomendable por si fuera preciso que bajaran otros pasajeros del vehículo en una vía interurbana aparte del conductor (por ejemplo, para cambiar una rueda pinchada).
- ¿Es obligatorio para los peatones que transitan a pie por arcenes?
El artículo 123 del Reglamento General de Circulación recoge la obligación para los peatones de llevar un "elemento luminoso o autorreflectante homologado". Puede ser un chaleco, pero también cualquier otra prenda o dispositivo. La obligación se refiere solamente a cuando transiten fuera de poblado "entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad".
Un cordial saludo.
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Te descojonas- ¿Me pueden sancionar por no llevar un chaleco en el automóvil?
No. La norma no recoge específicamente la obligatoriedad de llevar un chaleco en el vehículo, solamente obliga a usarlo en el momento que sea necesario. Por lo tanto, el simple hecho de no tener un chaleco reflectante no es sancionable.



"The only true law is that which leads to freedom"
(Jonathan Livingston Seagull)
Pues ahora que lo dices, tengo que mercar un chaleco y un triángulo. No se muy bien cómo están las cosas por estos lares, pero creo que ambos elementos son obligatorios. Triángulos sólo hacen falta uno (yo siempre me pregunté para qué coño quiren dos en España). Y al chaleco pienso sacarle partido cuando voy al curro de noche en bici.
¿Sabeis algo de las homologaciones? ¿Son europedas, o es cosa española?
¿Sabeis algo de las homologaciones? ¿Son europedas, o es cosa española?
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La homologacion es CE...
"Chaleco conforme a las exigencias esenciales previstas en la directiva europea E/89/686 relativa a los Equipos de Protección Individual (EPI). Este claleco ha sometido a un examen CD de tipo, en un organismo Europeo Notificado."
Vamos q los q cumplen la normativa (no piratas), la cumplen para toda europa. Los triangulos supongo q seran iguales en lo q anormas se refieren.
Un cordial saludo.
"Chaleco conforme a las exigencias esenciales previstas en la directiva europea E/89/686 relativa a los Equipos de Protección Individual (EPI). Este claleco ha sometido a un examen CD de tipo, en un organismo Europeo Notificado."
Vamos q los q cumplen la normativa (no piratas), la cumplen para toda europa. Los triangulos supongo q seran iguales en lo q anormas se refieren.
Un cordial saludo.
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Chalecos hay que llevar uno, si no llevas no te puedes salir de vehiculo, pero si te paran y no llevas creo que no te pueden denunciar pero si el "agente de la autoridad " te dice salga del vehiculo, ya te puede denunciar por no usarlo. Dicen que los ocupantes que no lleven chaleco no pueden salir sin ser denunciados, yo llevo 2 en cada vehiculo que los pone la empresa
pero me voy a comprar un remolque de estos del norauto para llevar los chalecos, triangulos, luces de repuesto, botiquin, herramientas, rueda de repuesto, gato, extintor y que cojones sera lo siguente un equipo desfibrilador porsi acaso, cuanta chorrada.

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Piloto de Calibra y flecha plateada.
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